La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los beneficiarios de una cuenta Afore de un trabajador fallecido estarán exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los recursos que reciban.
El Pleno de la Corte resolvió el pasado 9 de septiembre que estos recursos pueden equipararse, para efectos fiscales, a una herencia o legado, debido a que fueron acumulados por la persona trabajadora a lo largo de su vida laboral.
La decisión fue aprobada por seis votos contra tres y establece un criterio obligatorio para los casos relacionados con la entrega de estos recursos a los beneficiarios reconocidos por la ley.
Con esta resolución, las familias que tengan derecho a recibir los recursos de una Afore tras el fallecimiento de un trabajador no tendrán que considerar ese dinero como un ingreso sujeto al ISR.
